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Observaciones:

> Derogada por la Ordenanza N° 42/2000

 

ORDENANZA N° 23/2000

 

ARTÍCULO 1°: Queda prohibido en el Partido de Marcos Paz el establecimiento, sea con carácter permanente o temporario espectáculos circenses y parques de diversiones.

 

ARTÍCULO 2°: Comuníquese a la Dirección de Inspección dependiente de la Secretaría de Gobierno para su puesta vigencia.

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 29/06/2000