ORDENANZA N° 02/95
ARTÍCULO 1°: AUTORIZASE a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Marcos Paz, a efectuar la emisión bonos socio protector, con el objeto del mantenimiento de las unidades móviles y continuación de la construcción del cuartel; dentro del marco establecido de las Leyes Provinciales N. 9.403 y 11.349.-
ARTÍCULO 2°: De acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 4° de la Ley Nø11.349, se fija en un monto total de PESOS DOCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), por la que habrán que emitirse los bonos, la cantidad autorizada es de MIL (1.000) en una única serie.-
ARTÍCULO 3°: Exímase del pago correspondiente al 5% del total de los bonos emitidos de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 5° de la Circular N° de fecha 26-04-93 de la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Pcia. de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al D.E.M., Dese al R.O., Regístrese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintitrés días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cinco.