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ORDENANZA N° 13/95

 

ARTÍCULO 1°: Crease una cuenta Especial denominada "Emergencia Habitacional".

 

ARTÍCULO 2°: Ingresaran a esta cuenta los fondos que a los fines previstos en el convenio, gire el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Buenos Aires; egresaran de esta cuenta los fondos que se destinan a los gastos de ejecución de las obras y los pagos que se realicen en concepto de reintegro del préstamo.

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E., dese al R.O. y Cumplido Regístrese y Archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cinco.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 28/08/1995