ORDENANZA N° 13/95
ARTÍCULO 1°: Crease una cuenta Especial denominada "Emergencia Habitacional".
ARTÍCULO 2°: Ingresaran a esta cuenta los fondos que a los fines previstos en el convenio, gire el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Buenos Aires; egresaran de esta cuenta los fondos que se destinan a los gastos de ejecución de las obras y los pagos que se realicen en concepto de reintegro del préstamo.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E., dese al R.O. y Cumplido Regístrese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cinco.