ORDENANZA N° 28/95
ARTÍCULO 1°: Declárese a la Municipalidad de Marcos Paz, adherida al Plan Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en Obras de Pavimentación, ratifíquese el acta de adhesión que obra en el anexo 1 y la forma de instrumentación del plan.-
ARTÍCULO 2°: Declárese de utilidad pública municipal, el programa referido en el Artículo anterior y las obras a realizar.-
ARTÍCULO 3°: Las calles sujetas a pavimentacion de acuerdo a las disposiciones de esta Ordenanza, serán las que fije el D.E...-
ARTÍCULO 4°: La forma de pago de las obras de la zona urbana y suburbana será por extensión lineal de frentes.-
ARTÍCULO 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a integrar los , cooperativas y toda otra forma asociativa necesaria para la Realizacion del plan, efectuando en las mismas los aportes correspondientes, a realizar toda las gestiones conducentes para una concrecion del plan, firmando el convenio definitivo, sus instructivos y anexos.-
ARTÍCULO 6°: Comuniquese al D.E.M., Registrese, Publiquese, Dese al R.O. y Cumplido Archivese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cinco.