Observaciones:
- Sancionada definitivamente por la Ordenanza N° 44/95
ORDENANZA N° 30/95
ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a contratar con el Ente Provincial Regulador Energetico un emprestito de Ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.-) cancelables en cinco años en cuotas trimestrales difiriéndose el pago de la primera a los 90 días de haberse efectado el ultimo desembolso con mas intereses devengados a esa fecha.
ARTÍCULO 2°: El monto del emprestito que se autoriza por el artículo anterior será destinado a la obra de reconversión del alumbrado público.
ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá preveer en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta la cancelación.
ARTÍCULO 4°: En garantia del fiel cumplimiento de los servicios anuales de la deuda que se contrae la Municipalidad declara afectados los recursos provenientes de las coparticipaciones fiscales sin afectación, Correspondientes a impuestos nacionales o provinciales.
ARTÍCULO 5°: Comuniquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y cumplido
Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cinco.