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ORDENANZA N° 33/95

 

ARTÍCULO 1°: PRORROGUESE las Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante, conforme a lo establecido en las modificaciones del Artículo 68 - Incisos 2° y 3° de la Ley Orgánica de las Municipalidades; por el término de treinta (30) días.-

 

ARTÍCULO 2°: Comuníquese a los bloques de los Partidos Políticos que Integran el Honorable Cuerpo, al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Publíquese y Cumplido Archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los nueve días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 09/11/1995