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ORDENANZA N° 35/95


ARTÍCULO 1°: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la Sección 1, Sector 2, Rubro 3, mediante la ampliación del Subrubro 1 "Subsidio para Guarderías Infantiles" en la suma de $ 8.000.- (Pesos Ocho mil).-

 

ARTÍCULO 2°: Increméntese en el Presupuesto de Gastos el crédito de la partida: 2.5.1.3.3. "Subsidio a personas Indigentes" en la suma de $ 8.000.- (Pesos Ocho mil)

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E., dese al R.O. y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los nueve días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.

 

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  • Fecha de Sanción: 09/11/1995