ORDENANZA N° 80/84
ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar la Construcción de las veredas, en el tramo especificado en el considerando de la presente, con cargos a los vecinos frentista, dentro de los noventa días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2: El Departamento Ejecutivo por intermedio de la Secretaría de Obras y Servicios efectué la nivelación del terreno y la correspondiente planificación a efectos de reglamentar la ejecución de esta obra.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez día del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro.