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ORDENANZA N° 80/84

 

ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar la Construcción de las veredas, en el tramo especificado en el considerando de la presente, con cargos a los vecinos frentista, dentro de los noventa días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 2: El Departamento Ejecutivo por intermedio de la Secretaría de Obras y Servicios efectué la nivelación del terreno y la correspondiente planificación a efectos de reglamentar la ejecución de esta obra.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez día del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 10/10/1984