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ORDENANZA N° 39/95


ARTÍCULO 1°: Increméntese el Cálculo de Recursos Vigente  en la Sección 1, Sector 2, Rubro 3, mediante la ampliación del Subrubro 1 "Subsidios para Guarderías Infantiles" en la suma de $ 8.000.- (ocho mil pesos).

 

ARTÍCULO 2°: Increméntese en el Presupuesto de Gastos el crédito de la Partida: 2.5.1.3.3. "Subsidio a Personas indigentes" en la suma de $8.000.- (Ocho mil pesos).

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E., dese al R.O. y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 30/11/1995