El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.
El término se resaltará en el texto.

Observaciones:

  • El Artículo 3° es modificado por la Ordenanza N° 73/97
  • Derogada por la Ordenanza N° 43/2000

 

ORDENANZA N° 03/97

 

ARTÍCULO 1°: DONASE, al Consejo Provincial del Menor de la Provincia de Buenos  Aires, el bien ubicado como CIRCUNSCRIPCION IV-SECCION K- QUINTA 36 - PARCELA 1, cuya Superficie es de 42.038,98 metros cuadrados.-

 

ARTÍCULO 2°: DEROGASE, la Ordenanza N° 09/96, por la cual se donaba al mencionado Organismo el terreno correspondiente a la MANZANA 145a, de la CIRCUNSCRIPCION I - SECCION K.-

 

ARTÍCULO 3°: (Texto según Ordenanza N° 73/97) El uso y destino de la presente donación es al solo efecto de la construcción de un establecimiento de máxima seguridad para menores; estableciéndose un plazo de dos años para la iniciación de la obra, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza N° 03/97.

Texto Original: El uso y destino de la presente donación es al solo efecto de la construcción de un Hogar de Tránsito, estableciéndose un plazo de dos años para la iniciación de la obra, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al R.O., regístrese, publíquese y cumplido, archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los ocho días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 08/10/1997