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ORDENANZA N° 38/99

 

ARTÍCULO 1°: Determínase para la zonificación U.E.4 ESTACION MARCOS PAZ FERROCARRIL GRAL. BELGRANO, los siguientes usos:

a)      Actividad propia del servicio ferroviario dentro de los perímetros de los andenes y edificios allí localizados.

b)      Actividades deportivas-recreativas y de esparcimiento en las fracciones circundantes a la Estación delimitadas por las calles República, Bernardo de Irigoyen, D’Agnillo y las vías del ferrocarril.

 

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticinco días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y nueve.

 

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  • Fecha de Sanción: 25/08/1999