El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA N° 15/2006

 

ARTÍCULO 1°: Exímase, con carácter excepcional, para el ejercicio 2006, del pago de las tasas municipales determinadas en los Capítulos I, XXI y XXII de la Ordenanza Impositiva vigente, al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I – Manzana 87 – Parcela 4b - Partida N° 21.021, propiedad de la Sra. Rosa Jarbe.

 

ARTÍCULO 2°: En el caso de que el beneficiario mencionado en el Art. 1° de la presente, posea agua corriente con servicio medido mensual quedará exenta del pago de la tasa mínima tabulada, de acuerdo a lo expresado en la ordenanza N° 13/02, debiendo erogar la diferencia, medida en metros cúbicos, más la diferencia que genere el excedente de la tasa mínima del servicio de cloacas.

 

ARTÍCULO 3°: En caso de corresponder, se aplicará lo dispuesto en el Título VIII “De las infracciones a las obligaciones y deberes fiscales”, de la ordenanza fiscal vigente, en sus artículos 38°, 40° y 41°.

 

ARTÍCULO 4°: Las mencionadas exenciones no alcanzan al importe establecido para la Tasa de Alumbrado Público que actualmente percibe al Empresa EDENOR S.A., de acuerdo a convenio vigente.

 

ARTÍCULO 5°: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los ocho días del mes de junio del año dos mil seis.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 08/06/2006