El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA N° 29/2006

 

ARTÍCULO 1°: Créase un espacio para sepulturas en la capilla “María de Fátima” ubicada en las calles San Martín y Soldado Argentino de nuestra ciudad.

 

ARTÍCULO 2°: Autorízase a inhumar en la capilla “María de Fátima” los restos de los sacerdotes que hayan desarrollado su apostolado en nuestro Partido.

 

ARTÍCULO 3°: El cura párroco de Marcos Paz, como responsable de la Iglesia Católica en el Distrito, iniciará en cada caso un Expediente a efectos de que el municipio cree un registro de las sepulturas que existan en el lugar. El mismo será supervisado por la oficina del cementerio local.

 

ARTÍCULO 4°: La Secretaría de Obras y Servicios Municipal dará las especificaciones y el asesoramiento técnico a cumplir en las obras que deban ejecutarse.

 

ARTÍCULO 5°: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil seis.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 14/09/2006