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ORDENANZA N°50/2008


ARTÍCULO 1º: Declarar de interés municipal la difusión de reglas de educación vial y su anexo I que forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2º: Solicitase al DEM a difundir Educación Vial por los distintos medios de comunicación existentes en la localidad ya sean gráficos, radiales, televisivos y de Internet, de la siguiente forma:

> En Internet: se deberá incluir en la página Web del municipio.

> En los periódicos locales: a través de avisos seriales conteniendo las premisas fundamentales.

> En los medios radiales y televisivos: a través de avisos y placas publicitarias conteniendo las premisas fundamentales.

En los medios gráficos:

> a través de afiches publicitarios para distribuir en el distrito

> a través de folletos a repartir en la vía publica

 

ARTÍCULO 3º: La duración de esta campaña publicitaria será permanente.

 

ARTÍCULO 4°: Recomiéndase la distribución de cuadernillos, en forma gratuita, conteniendo el Anexo I del presente en todas las escuelas del distrito primarias, secundarias y terciarias, del ámbito público y privado.

 

ARTÍCULO 5º: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 14/08/2008