ORDENANZA N°50/2008
ARTÍCULO 1º: Declarar de interés municipal la difusión de reglas de educación vial y su anexo I que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º: Solicitase al DEM a difundir Educación Vial por los distintos medios de comunicación existentes en la localidad ya sean gráficos, radiales, televisivos y de Internet, de la siguiente forma:
> En Internet: se deberá incluir en la página Web del municipio.
> En los periódicos locales: a través de avisos seriales conteniendo las premisas fundamentales.
> En los medios radiales y televisivos: a través de avisos y placas publicitarias conteniendo las premisas fundamentales.
En los medios gráficos:
> a través de afiches publicitarios para distribuir en el distrito
> a través de folletos a repartir en la vía publica
ARTÍCULO 3º: La duración de esta campaña publicitaria será permanente.
ARTÍCULO 4°: Recomiéndase la distribución de cuadernillos, en forma gratuita, conteniendo el Anexo I del presente en todas las escuelas del distrito primarias, secundarias y terciarias, del ámbito público y privado.
ARTÍCULO 5º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.