ORDENANZA N° 46/2007
ARTÍCULO 1°: Todo empleado o funcionario de cualquiera de las dependencias del Municipio de Marcos Paz tiene la obligación de informar en el ejercicio de sus funciones a cualquier persona que se lo solicite su nombre y apellido, el cargo que desempeña y el nombre, apellido y cargo de su superior jerárquico inmediato.
ARTÍCULO 2°: Todo empleado o funcionario que se desempeñe en cualquiera de las dependencias del Municipio de Marcos Paz de atención al público debe exhibir en lugar visible una tarjeta o credencial identificatoría.
ARTÍCULO 3°: En todas las oficinas o sectores de atención al público de cualquiera de las dependencias del Municipio de Marcos Paz debe exhibirse en carteleras claramente visible la nómina del personal correspondiente a esa oficina o sector con indicación de nombre y cargo que desempeñe.
ARTÍCULO 4°: En caso de que se no cumpliere con lo establecido en los artículos citados ut Sutra, los empleados y/o funcionarios serán sancionados según el estatuto del empleado municipal que rige en ésta administración.
ARTÍCULO 5°: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de Septiembre del año dos mil siete.