ORDENANZA N° 108/84
ARTÍCULO 1: Incrementase en el Cálculo de Recursos en al Sección 2, Sector 1, Rubro 2, Subrubro 1 Coparticipación Ley 9478 "Artículo 2" en la suma de $a. 431.407 (cuatrocientos treinta mil cuatrocientos siete pesos argentinos) del Subrubro 2 Coparticipación Ley 9478 "Artículo 4" en la suma de $a. 2.224.995 (dos millones doscientos veinticuatro mil novecientos noventa y cinco pesos argentinos), y en la Sección 2, Sector 1, Rubro 3 del Subrubro 2 "Ley 9347" en la suma de $a. 49.842.00 (cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos pesos argentinos).-
ARTÍCULO 2: Incrementase en el Presupuesto de Gastos los créditos de las siguientes Partidas y por los montos que para cada uno se indica:
2.1.1.1.1.1.1. Personal Superior..................$a. 65.000.-
2. Personal Jerárquico................$a. 195.000.-
5. Personal Administrativo............$a. 420.000.-
7. Personal de Servicio y Maestranza..$a. 36.000.-
3.2. Sueldo Anual Complementario........$a. 486.585.-
5.1 Bonificación por antigüedad........$a. 181.300.-
3 Bonificación especial..............$a. 43.050.-
7. Licencias no gozadas...............$a. 3.000.-
4.2 A1 I.O.M.A.........................$a. 67.468.-
1.1.1.1.1.1.1. Personal Superior..................$a. 560.000.-
5. Personal Administrativo............$a. 135.762.-
2.4.1.1.1.1.5. Personal Administrativo............$a. 30.500.-
3.2. Sueldo Anual Complementario........$a. 112.000.-
5.1. Bonificación por Ambigüedad........$a. 65.000.-
2.5.1.1.1.1.2. Personal Jerárquico................$a. 29.000.-
5. Personal Administrativo............$a. 18.000.-
3.2. Sueldo Anual Complementario........$a. 25.000.-
5. Bonificación Especial..............$a. 16.000.-
2.2.1.1.1.3.4. Horas Extras.......................$a. 17.200.-
4.2. A1 I.O.M.A.........................$a. 2.000.-
2.2.1.1.1.1.3. Personal Profesional Ley 9347......$a. 15.000.-
2.3.1.1.1.1.6. Personal Obrero....................$a. 183.379.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.