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ORDENANZA N° 39/2005

 

ARTÍCULO 1° Prorrogase, a partir del 12 de agosto del corriente, y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, el plazo establecido en el Art. 5° de la Ordenanza 23/2004 “Parque Industrial“.-

 

ARTÍCULO 2° De forma.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

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  • Fecha de Sanción: 06/12/2005