ORDENANZA N° 30/ 2011
Artículo 1°: Se establecen como arterias peatonales exclusivas, las calles Sarmiento entre 25 de Mayo y 9 de Julio (en medio de la plazoleta central que divide ambas manos de las calles) durante los días sábados, domingos y feriados en el horario de 17 a 24 horas.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá reglamentar la presente en el término de los 30 días.
Artículo 3°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil once.-