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El término se resaltará en el texto.

ORDENANZA N° 04/2012

 

ARTÍCULO 1º: Autorízase al gobierno Municipal a instrumentar todas las acciones pertinentes a fin de proveer de más y mejores servicios al pasajero de la Línea Municipal 707, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a éste Honorable Cuerpo por el Artículo 27 Inc. 22 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTÍCULO 2º: Ratifíquese lo actuado en cuanto a la implementación del servicio público municipal de pasajeros, cumpliéndose con todas las normativas provinciales y nacionales que correspondan en relación con este tipo de prestación pública.

ARTÍCULO 3º: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce.-

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 26/04/2012