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Observaciones:

- La presente Ordenanza se encuentra abrogada por la Ordenanza N° 51/2016

 

ORDENANZA N° 12/2012

 

ARTÍCULO 1°: Que se disponga en cada lugar donde se brinde comida ya sea para consumir en el lugar o para llevar, un menú para celíacos.

 

ARTÍCULO 2°: Que en lugar visible desde afuera y en el interior se encuentre el logo reconocido para enfermos celíacos.

 

ARTÍCULO 3°: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce.-

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 26/04/2012