Observaciones:
- La presente Ordenanza se encuentra abrogada por la Ordenanza N° 51/2016
ORDENANZA N° 12/2012
ARTÍCULO 1°: Que se disponga en cada lugar donde se brinde comida ya sea para consumir en el lugar o para llevar, un menú para celíacos.
ARTÍCULO 2°: Que en lugar visible desde afuera y en el interior se encuentre el logo reconocido para enfermos celíacos.
ARTÍCULO 3°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce.-