ORDENANZA N° 71/2012
ARTÍCULO 1°: Denomínese a la UE N°10 según Ordenanza 32/83 como localidad de Ricardo Gutiérrez incluyendo a las parcelas designadas como Circunscripción III, Parcela 191 a, 191 b, 191 c y 191 d”.
ARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo a través de la oficina Técnica de Catastro dará las especificaciones técnicas según el uso del suelo, FOT, FOS, y demás indicadores urbanísticos tal cual lo solicita el Decreto-Ley 8912/77 y la Ordenanza 32/83.
ARTÍCULO 3°: Incorpórese a los edificios relevados en anexos y protegerlos por la Ordenanza 07/2004 referido al Patrimonio Histórico Cultural.
ARTÍCULO 4°: Procúrese la creación de los espacios libre como Reserva Natural Municipal.
ARTÍCULO 5°: Realícese las gestiones necesarias ante el Departamento Ejecutivo Provincial según la presentada en las normas legales vigentes.
ARTÍCULO 6°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil doce.-