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VISTO:

El Expediente 4073 – HCD – 199/2012 “Proyecto de Ordenanza: Programa Provincial de Desendeudamiento”, y;

 

CONSIDERANDO:

El Decreto Provincial N° 259/12, mediante el cual el Gobierno Provincial dispone la modificación de las condiciones financieras de reembolso de las deudas al 31 de diciembre de 2011, correspondientes al “Programa Provincial de Desendeudamiento de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires”, creado por Decreto N° 1316/10,

La necesidad de adoptar medidas que propendan al saneamiento económico y financiero en nuestro Municipio;

Que nuestra comuna muestra a la fecha un nivel de endeudamiento con el Gobierno Provincial, que origina periódicamente la asignación de importantes recursos para la atención de sus respectivos servicios de deuda;

Que la adhesión al presente régimen fiscal estatuido por el Decreto Provincial N 259/12, permitirá una mejor planificación, programación y coordinación financiera de los recursos provinciales a la comuna;

Que asimismo, el mejoramiento del perfil de vencimientos de la deuda a través de esta reprogramación, permitirá liberar la disponibilidad de recursos para otros fines más urgentes, tendiendo a optimizar el gasto y una mejor prestación de los servicios públicos municipales entre otras ventajas;

Que el ARTÍCULO 4° del aludido Decreto N° 259/12, invita a los Municipios que no hayan adherido al “Programa Provincial de Desendeudamiento de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires”, creado por Decreto N° 1316/10 a acogerse a las disposiciones del mismo respecto de los saldos de las deudas elegibles que se mantienen con la Provincia de Buenos Aires al 31 de diciembre de 2011;

Que la adhesión de este Municipio al Decreto N° 259/12, modificatorio del Decreto N° 1316/10, se efectúa conforme lo establecido en el ARTÍCULO 46 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y lo determinado en la normativa que alcanza al Régimen de Responsabilidad Fiscal al cual nuestro Municipio se encuentra adherido;

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

 

ORDENANZA PREPARATORIA N° 01/2012


ARTÍCULO 1°: Adhiérase la Municipalidad de Marcos Paz a lo establecido en el Decreto Provincial N° 259/12, que crea el “Programa Provincial de Desendeudamiento de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires” aprobado por el Decreto Provincial N° 1316/10.

 

ARTÍCULO 2°: Convalídese en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Marcos Paz y la Provincia de Buenos Aires, el que como ANEXO 1 forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a practicar las modificaciones presupuestarias que correspondan derivadas de esta operatoria, las que deberán ser informadas a este Cuerpo.

 

ARTÍCULO 4°: Comuníquese la presente Ordenanza a los efectos que se expida sobre la operatoria que se propicia al Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, a fin de que proceda a tomar intervención de acuerdo a lo establecido en las Leyes N° 12462, N° 13295 y concordantes; al Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, en los términos de lo establecido por el ARTÍCULO 47 inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades y al Departamento Ejecutivo de este Municipio, para su promulgación.

 

ARTÍCULO 5°: De forma.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil doce.-

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 18/12/2012