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El término se resaltará en el texto.

ORDENANZA N° 65/2013

 

ARTÍCULO 1°: Dispóngase la oferta de la posibilidad de que aquellos que cuenten con alarmas programadas para comunicarse automáticamente con números telefónicos previamente dispuestos, puedan incluir entre ellos el número del Centro de Observación Municipal (COM), pudiendo así dar aviso inmediato al Municipio en caso de que la misma se active.

 

ARTÍCULO 2°: El Municipio dará a conocer, a través de los medios, el número telefónico del COM, para aquel que desee incluirlo en el listado de números de emergencia pueda hacerlo.

 

ARTÍCULO 3°: Frente al llamado recibido, el COM dará alerta a las distintas fuerzas de seguridad, procurando su inmediata actuación.

 

ARTÍCULO 4°: De forma

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil trece.

 

Fecha de publicación: 03/10/2013

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 19/09/2013