ORDENANZA N° 29/86
ARTÍCULO 1: Fíjase como sueldo básico para las distintas categorías del personal Municipal a partir del 1 de Abril de 1986, los determinados en el Anexo 1 de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2: Fíjase en un 10% del sueldo básico correspondiente al Intendente Municipal a partir del 1 de Abril de 1986.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y seis
ANEXO 1
ESCALA DE SUELDOS AL 1 DE ABRIL DE 1986
CATEGORIAS SUELDO
23 186.-
21 163.-
20 153.-
17 127.-
16 121.-
14 114.-
13 110.-
12 108.-
11 106.-
9 93.-
8 92.-
7 91.-
6 * 119.-
6 87.-
4 86.-
3 85.-
2 83.-
INTENDENTE 350.-
SECRETARIO 328.-
SUBSECRETARIO 289.-
CONTADOR 289.-
DIRECTOR GENERAL 189.-
SECRETARIO PRIVADO 118.-
PROFESIONAL HOSPITAL 139.-
PROFESIONAL AGREGADO 132.-
PROFESIONAL ASISTENTE 126.-