ORDENANZA N° 14/2014
ARTICULO 1°: Autorizase al DEM a realizar los estudios y análisis que sean necesarios para la determinación de la o las zona/s apta/s con potencial destino de uso para la construcción de dispositivos de almacenamiento, control y administración de excedentes hídricos pluviales denominados Reservorios.
ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los convenios y demás instrumentos que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de determinación de Pasivos Ambientales según lo estipula la Ley 14.343 para la implementación de los reservorios indicadas en el Articulo 1º de la presente.
ARTICULO 3°: El DEM deberá elevar a este cuerpo los resultados de los estudios y análisis realizados para la construcción, control y administración de dispositivos de almacenamiento de excedentes hídricos pluviales (reservorios).
ARTICULO 4°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticuatro días del mes de Abril del año dos mil catorce.
Fecha de Publicación: 12/05/2014