ORDENANZA N° 18/2014
Artículo 1°: Incorpórese como artículo 1 Bis en la Ordenanza Municipal 56/2013 el texto que a continuación se transcribe:
“Artículo 1 Bis: La medición de 100m comienza a contarse a partir de cualquiera de los puntos del perímetro de la parcela donde se encuentra ubicado el emprendimiento a habilitar”
Artículo 2°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce.
Fecha de Publicación: 22/05/2014