ORDENANZA N° 16/85
ARTÍCULO 1: Autorícese al D.E. ampliar la planta de personal permanente en cinco (5) cargos en la finalidad 2.3.1.1.1.1.6. A partir del 1 de Abril de 1985.-
ARTÍCULO 2: Autorizase al D.E. a realizar por Decreto los movimientos presupuestarios derivados de la aplicación de la Presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese, cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintidós días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y cinco.