Observaciones:
- ABROGADA por la Ordenanza N° 48/2017
ORDENANZA Nº 52/2014
Artículo 1º: Prohíbese en el distrito de Marcos Paz la instalación de grandes superficies comerciales tipificadas en la Ley Provincial 12.573.
Artículo 2°: Prohíbese en el distrito de Marcos Paz, la instalación de bocas de expendio de menor tamaño pertenecientes a las empresas propietarias de grandes superficies.
Artículo 3°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil catorce.
Fecha de Publicación: 31/07/2014