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ABROGADA por la Ordenanza N° 48/2017 

ORDENANZA Nº 52/2014

 

Artículo 1º: Prohíbese en el distrito de Marcos Paz la instalación de grandes superficies comerciales tipificadas en la Ley Provincial 12.573.

 

Artículo 2°: Prohíbese en el distrito de Marcos Paz, la instalación de bocas de expendio de menor tamaño pertenecientes a las empresas propietarias de grandes superficies.

 

Artículo 3°: De forma.

 Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil catorce.

 

Fecha de Publicación: 31/07/2014

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 17/07/2014