El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA N° 23/85

 

ARTÍCULO 1: Fíjense como sueldos para las distintas categorías del personal Municipal a partir del 1 de Mayo de 1985, los determinados en el anexo n°1 de la Presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 2: Fíjese en un 10% (diez por ciento) del sueldo básico los gastos de representación del señor Intendente Municipal a partir del 1 de Mayo de 1985.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese, cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco.

 

ESCALA DE SUELDOS AL 1/5/85

CATEGORIAS SUELDOS

23 137.308.-

21 120.412.-

20 112.972.-

17 93.427.-

16 89.010.-

14 84.263.-

13 80.930.-

12 79.902.-

11 78.234.-

9 68.730.-

8 68.046.-

7 67.448.-

6 87.531.-

6 64.333.-

4 63.631.-

3 62.655.-

2 61.185.-

INTENDENTE 258.971.-

SECRETARIO 222.674.-

CONTADOR 198.479.-

PROFESIONAL HOSPITAL 102.453.-

PROFESIONAL AGREGADO 97.911.-

PROFESIONAL ASISTENTE 93.373.-

JORNADA PROLONGADA.- --------

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 20/05/1985