ORDENANZA N° 19/2015
ARTICULO 1º: Modificase el artículo 3º de la Ordenanza Nº 64 /2011 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°: "Dispóngase que la presente ordenanza entrará en vigencia sobre cada obra de pavimentación que se emprenda para cada calle comprendida en las zonas enumeradas ut supra, y la percepción del costo de la misma a cargo de los frentistas beneficiarios, será exigible a partir del momento en que la obra sea habilitada al uso público.-"
ARTICULO 2º: De forma.-
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de mayo del año dos mil quince
Fecha de Publicación: 21/05/2014