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ORDENANZA N° 34/85

 

ARTÍCULO 1: Autorízase al D.E. a realizar la apertura de una cuenta de tercero denominada "La Austral Compañía de Seguros S.A." en la que se sentaran las retenciones realizadas al personal Municipal adherido al Seguro de Vida Colectivo Optativo y los pagos que se efectúan a dicha empresa por tales retenciones.-

 

ARTÍCULO 2: El H.C.D. deslinda toda responsabilidad en lo referente a las cláusulas de los respectivos convenios.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los doce días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cinco.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 12/06/1985