ORDENANZA N° 47/85
ARTÍCULO 1: Exímase de tasas Municipales por alumbrado, barrido y limpieza y servicios sanitarios, a los ascendientes y descendientes o conyugues de personas desaparecidas o detenidas por causas políticas domiciliadas en Marcos Paz, durante el período del Gobierno de facto.-
ARTÍCULO 2: Dicha eximición corresponde al período del año 1985.-
ARTÍCULO 3: El D.E. Municipal dictar la reglamentación correspondiente, a efectos que los interesados acrediten los extremos legales para acogerse al presente beneficio.-
ARTÍCULO 4: Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintidós días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y cinco.