ORDENANZA Nº 031 / 2017
ARTÍCULO 1°: Modificar el artículo 304° de la Ordenanza N°106/2013 en su inciso d) que quedará redactado de la siguiente manera: “Por introducción de cadáver con domicilio fuera del Partido para ser Inhumado en sepultura, panteón (nicho y urnera), sepultura propia, nichera particular o bóveda familiar, excepto cuando se trate de familiares directos del titular………………….$12.936”.
ARTÍCULO 2°: De forma
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los siete días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.
Fecha de publicación: 22/09/2017