ORDENANZA Nº 060 / 2017
ARTICULO 1°: Desafectar del Área Complementaria (AC) el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II – Parcela 76.-
ARTICULO 2°: Zonificar como Zona Residencial Tres (ZR3) el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II – Parcela 76.-
ARTICULO 3°: Las dimensiones mínimas de las parcelas y los indicadores urbanísticos serán los correspondientes a la Zona Residencial 3, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 5.4 de la Ordenanza n° 32/83.
ARTICULO 4°: Ejecutar las obras de infraestructura básica: alumbrado público, tendido de red eléctrica domiciliaria, tratamiento de calles, desagües pluviales, alcantarillados, forestación y red de agua corriente, a cargo del propietario del inmueble.-
ARTICULO 5°: Por tratarse de una ampliación del núcleo urbano deberán cederse gratuitamente al Estado las superficies destinadas a espacios circulatorios, verdes, libres y públicos y a reservas para la localización de equipamiento comunitario, de acuerdo a los mínimos establecidos en el Artículo 56° de la Ley 8.912.-
ARTICULO 6°: Las parcelas generadas en la subdivisión quedarán interdictas de venta hasta tanto se ejecuten las obras de infraestructura.-
ARTICULO 7°: De forma.-
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fecha de publicación: 28/12/2017