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ORDENANZA N° 021 / 2019

ARTÍCULO 1°: Sustitúyase el artículo 192° correspondiente al TÍTULO VIII de la Ordenanza Fiscal vigente el que quedará redactado de la siguiente manera: “El presente título comprende los derechos relacionados con actuaciones, actos y servicios administrativos, realizados a requerimiento de los interesados o prestados de oficio, tramitaciones de asuntos que se promuevan en función de intereses particulares, expedición, visados de certificados, testimonios y otros documentos salvo los que tengan asignada tarifa específica en otros títulos, expedición de carnet, expedición de carnet de Manipulador de Alimentos, o lo que haga sus veces, su renovación, venta de pliegos de licitación, toma de razón de contratos de prenda de semi solventes, certificaciones, pruebas experimentales, relevamiento, empadronamientos e incorporaciones al catastro y aprobación y visación de plano para subdivisión de tierras y demás servicios asimilables".

ARTÍCULO 2°: Modifíquense los incisos n y ñ  del artículo 310° del TÍTULO VIII DERECHOS DE OFICINA de la Ordenanza Impositiva vigente el que quedará redactado de la siguiente manera:
n) Por Carnet de Manipulación de Alimentos…………………..…………………………………600
ñ) Por cada renovación de Carnet………................................................................................353

ARTÍCULO 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos tendientes a su debida ejecución e implementación.-

ARTÍCULO 4°: De forma

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz en el primer día del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

Fecha de publicación: 19/08/2019

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 01/08/2019