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ORDENANZA N° 74/85

 

ARTÍCULO 1: Aplíquese a partir del 15 de Junio de 1985 para los valores expresados en pesos argentinos en la Ordenanza Impositiva vigente la conservación a Australes dispuesta por el Decreto Nacional N° 1096/85 a la paridad 1000 pesos argentinos a 1 australes. Para las Tasas de alumbrados, barrido limpieza, y conservación de la vía pública; serán de aplicación las paridades que rijan los días de pago de las mismas según las escalas publicadas por el Poder Ejecutivo Nacional.-

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los doce días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y cinco.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 12/12/1985