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ORDENANZA N° 011 / 2020

ARTICULO 1°: Modifíquese el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 106/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera: “El Departamento Ejecutivo queda facultado para efectuar descuentos por pago anual adelantado de un 20% cuando el mismo se realice en la primera cuota del año fiscal en curso, un 4% cuando el mismo se realice de manera trimestral, en los vencimientos fijados por la Ordenanza General de Impuestos para las Tasas por Servicios Generales, Tasa por Servicios Rurales y Derecho por Verificación y Control y un 4% cuando el mismo se realice de manera semestral, en los vencimientos fijados por la Ordenanza General de Impuestos para el tributo de Patente de Rodados e Impuesto Automotor.

ARTICULO 2°: Incorpórese como último párrafo del artículo 314° a.1. de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 106/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera: “El tributo de Patente de Rodados resultante de la aplicación de estas escalas, no podrá exceder en más del cincuenta y cinco por ciento (55%) al calculado en el año 2019, para el mismo vehículo”.

ARTICULO 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos tendientes a su debida implementación.-

ARTICULO  4°: De forma.-

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los trece días del mes de agosto del año dos mil veinte.

Fecha de Publicación: 01/09/2020

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  • Fecha de Sanción: 13/08/2020