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ORDENANZA N° 80/85

 

ARTÍCULO 1: Autorízase al D.E. a transferir a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Marcos Paz, un tanque para combustible con capacidad de 50 litros aproximadamente, de un vehículo Municipal fuera de uso.-

 

ARTÍCULO 2: Dese de baja del Patrimonio Municipal en tanque mencionado en el Artículo 1 de la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y cinco.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 30/12/1985