ORDENANZA 019 / 2020
ARTICULO 1°: RATIFIQUESE, la declaración de ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el PARTIDO DE MARCOS PAZ, en virtud de la PANDEMIA MUNDIAL declarada por la rápida propagación del CORONAVIRUS COVID19, efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante decreto DEM 802/20. Consecuentemente, ADHIERASE el Municipio de Marcos Paz, al Decreto Provincial N° 132/2020 del 12 de marzo de 2020 y las disposiciones dictadas en consonancia, que fuere posteriormente ratificado por ley provincial 15174 que declara el ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA POR 180 (DÍAS) EN EL ÁMBITO DE TODA LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 2°: RATIFIQUESE, la adhesión y acogimiento a las normativas Nacionales y Provinciales dictadas en el marco de la pandemia, que en particular han sido enunciadas en los Decretos DEM que se enumeran a continuación:
788/2020 del 11 de marzo del corriente; 802/20 del 14 de marzo del corriente; 824/20 del 16 de marzo del corriente; 841/20 del 19 de marzo del corriente; 850/20 del 20 de marzo del corriente; 852/20 del 24 de marzo del corriente; 871/20 del 1º de abril del corriente; 879/20 del 4 de abril del corriente; 892/20 del 7 de abril del corriente; 896/20 del 10 de abril del corriente; 897/20 del 12 de abril del corriente; 911/20 del 16 de abril del corriente; 927/20 del 20 de abril del corriente, 957/20 del 23 de abril de corriente, 962/20 del 26 de abril del corriente, 1016/20 del 04 de mayo del corriente, 1035/20 del 13 de mayo del corriente, 1068/20 del 15 de mayo del corriente, 1086/20 del 26 de mayo del corriente, 1136/20 del 1º de junio del corriente, 1150/20 del 8 de junio del corriente, 1158/20 del 8 de junio del corriente, 1159/20 del 11 de junio del corriente; 1223/20 del 19 de junio del corriente; 1243/20 del 1º de julio del corriente, 1272/20 del 06 de julio del corriente, 1291/20 del 08 de julio del corriente y 1330/20 del 21 de julio del corriente.
ARTICULO 3°: RATIFIQUENSE todos los actos de gobierno, acciones y restricciones, tramites y directrices dispuestos por los Decretos dictados por el DEM y enunciados ut supra, que se han desplegado en pos de proteger la salud de los habitantes de Marcos Paz, así como también los dispuestos tendientes a implementar y fiscalizar en el marco de la medida de Asilamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional DNU 297/20 y sus sucesivas prorrogas.
ARTICULO 4°: FACULTESE, al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer de los recursos necesarios y la reasignación de partidas presupuestarias o contratación de servicios necesarios, tal como lo dispone el Articulo N°119 de la LOM, para dar respuesta en materia Sanitaria a las necesidades de la población de Marcos Paz. Comprendiendo ello a manera enunciativa: insumos sanitarios, métodos de detección, campañas de difusión publica, equipamiento medico, etc.
ARTICULO 5°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los diez días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
Fecha de publicación: 28/09/2020