ORDENANZA 020 / 2020
ARTÍCULO 1°: Adhiérase a la Ley Provincial Nº 14.783 que establece el cupo del 1% de la totalidad de su personal a personas travestis, trans, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, y establecer reservas de puestos de trabajo para ser exclusivamente ocupados por ellas en el Municipio de Marcos Paz, y sus delegaciones, como así también en Empresas Privadas que reciban subsidio municipal en la actualidad o con fecha posterior a la sanción de esta Ordenanza.
ARTÍCULO 2°: Solicítese al DEM la reglamentación de la misma, y el cumplimiento a través de la Secretaría de DDHH.
ARTICULO 3°: De forma.-
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los diez días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
Fecha de publicación: 28/09/2020