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ORDENANZA N° 049/2020

Artículo 1°: Exímase para la construcción de la Bóveda a ser ubicada en la Sección 6ta, Letra I, Sepultura 1 y 2 (a nombre de Rosa Idalgo y Débora Toledo), de los derechos de construcción establecidos en la Ordenanza Impositiva y Fiscal vigente.

Artículo 2°: Exímase de forma definitiva y permanente las tasas derivadas de los derechos de cementerio establecidos en la Ordenanza Impositiva y Fiscal vigente.

Artículo 3°: Las actuaciones administrativas que se realicen para la obtención de la eximición aquí dispuesta, quedarán exentas del pago de los derechos de oficina, previstos en la ordenanza impositiva y fiscal vigente.

Artículo 4°: Otórguese a Rosa Idalgo y Débora Toledo el derecho de conservar la Bóveda de por vida, sin que la titularidad deba ser renovada.

Artículo 5°: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veinte.

Fecha de publicación: 28/12/2020

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  • Fecha de Sanción: 28/12/2020