ORDENANZA Nº 05/87
ARTÍCULO 1: Modificase el Art.3 de la Ordenanza Nº 86/86, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3: Fijase el valor, por arrendamiento de sepultura a 500 años en la calle principal, en 1.200 Australes, de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTÍCULO 4: De forma.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecisiete días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y siete