ORDENANZA N° 023 / 2021
ARTÍCULO 1º: Desígnese a cada UNIDAD MUNICIPAL INTEGRADA -UMI- con el nombre de un vecino o una vecina, a quienes la comunidad de asiento de cada una de esas dependencias, identifique por su labor solidaria en dicho barrio y/o por su contribución para el crecimiento y mejora del mismo.-
ARTÍCULO 2º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área correspondiente, arbitre los medios para facilitar la elección de esos nombres, según el artículo precedente, para cada una de las UMIs, los que serán elegidos con el trabajo comunitario y con total autonomía en su elección
ARTICULO 3°: Invítese a los establecimientos educativos de Marcos Paz, de gestión pública y privada y en todos sus niveles, a participar del proyecto y articular con la comunidad en la búsqueda de esos pioneros y pioneras.-
ARTICULO 4°: Establécese que la elección de cada nombre para cada UMI se realice mediante la votación de los vecinos y las vecinas a través de mecanismos participativos, teniendo como único criterio de elegibilidad, las condiciones enunciadas en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5°: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veintiuno.-
Fecha de publicación: 10/05/2021