Observaciones:
• Modificada por la Ordenanza N° 65/2022 (Artículo 1°)
ORDENANZA 052/2022
ARTÍCULO 1°: (Texto según la Ordenanza N° 65/2022)
Condónese el 50 % (cincuenta por ciento) del importe capital adeudado en el período comprendido desde 03/2020 al 12/2021 sobre las Tasas por Servicios Rurales, así como también condonase el 100% (cien por ciento) de los intereses y multas de los períodos antes detallados, del establecimiento que se detalla a continuación, a los efectos de cumplir con los productores que han solicitado oportunamente y presentado la documentación requerida para obtener los beneficios tributarios que se mencionan en el Artículo 16 de la Ordenanza N° 25/2019, desde la promulgación de la misma, a saber el 01/11/2019:
A) La Mariucha S.A. – Partidas N° 2219; 187; 30767; 17799; 17798; 2247 y 2246.-
Texto anterior: "Condónese el 50 % (cincuenta por ciento) de los importes adeudados en el período comprendido desde 03/2020 al 12/2020 sobre las Tasas por Servicios Rurales, así cono también condonase el 100% (cien por ciento) de los intereses y multas de los períodos antes detallados, del establecimiento que se detalla a continuación, a los efectos de cumplir con los productores que han solicitado oportunamente y presentado la documentación requerida para obtener los beneficios tributarios que se mencionan en el Artículo 16 de la Ordenanza N° 25/2019, desde la promulgación de la misma, a saber el 01/11/2019:
A) La Mariucha S.A. – Partidas N° 2219; 187; 30767; 17799; 17798; 2247 y 2246".-
ARTÍCULO 2°: De Forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veinte días del mes de Octubre de dos mil veintidós
Fecha de publicación: 07/10/2022