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ORDENANZA N° 39/86

 

ARTÍCULO 1: Modifíquese el último párrafo del artículo 128 de la Ordenanza N° 09/85 que quedara redactado: "El grupo ocupacional se subdividirá en hasta 4 escalas o clases salariales, correspondiendo niveles separados para los mandos básicos, medios y superiores.-

 

ARTÍCULO 2: Modifíquese el segundo párrafo del artículo 132 de la Ordenanza N° 9/85 que quedará redactado: "se determina hasta seis clases para este grupo, reuniendo todo lo relacionado con tareas administrativas de manejo, transferencia, elaboración y evaluación de información en sus distintas etapas, importancia y responsabilidad.-

 

ARTÍCULO 3: Modifíquese el último párrafo del artículo 134 de la Ordenanza N° 09/85 que quedará redactado: "El mismo quedará dividido en cinco clases que comprende a los agentes que realizan tareas vinculadas con la custodia, mantenimiento y limpieza de edificios, instalaciones y demás bienes o los que presten servicios públicos en general.-

 

ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los tres días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y seis

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 03/07/1986