ORDENANZA N° 54/86
ARTÍCULO 1: Fijase a partir del día 1 de Julio de 1986 parta las distintas categorías del personal Municipal los sueldos determinados en la planilla Anexa 1 adjunta a la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2: Fíjase en el 10% del sueldo básico correspondiente al Intendente Municipal los gastos de representación para el Intendente Municipal a partir del 1 de Julio de 1986.-
ARTÍCULO 3: Fíjase en 27 Australes la "Compensación por refrigerio" a partir del 1 de Julio de 1986.-
ARTÍCULO 4: Los ajustes Presupuestarios correspondiente al presente incremento de haberes se han contemplados en la aprobación del Presupuesto para el ejercicio de 1986.-
ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecinueve días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y seis.
ANEXO I
CATEGORIAS SUELDOS
25 264.-
24 230.-
23 222.-
22 213.-
21 205.-
20 197.-
19 189.-
18 182.-
17 175.-
16 168.-
15 162.-
14 156.-
13 150.-
12 144.-
11 138.-
10 133.-
9 127.-
8 120.-
7 115.-
6 110.-
5 104.-
4 100.-
3 95.-
2 93.-
1 93.-
INTENDENTE 480.-
SECRETARIO 398.-
SUBSECRETARIO 396.-
CONTADOR 396.-
DIRECTOR GENENRAL 243.-
SECRETARIO PRIVADO 152.-
PROFESIONAL HOSPITAL 192.-
PROFESIONAL AGREGADO 180.-
PROFESIONAL ASISTENTE 171.-