ORDENANZA N° 015/2025
ARTÍCULO 1°: Objeto. Declárese de Interés Público Municipal la celebración del evento “Festival Marcos Paz Solidario”, el cual se realiza con el fin de afianzar la labor y promover la integración de las Asociaciones Civiles, Clubes de Barrio, Simples Asociaciones Mutuales y Organizaciones de Base que se integren al Registro dispuesto por la ordenanza 42/2024 y que voluntariamente pretendan participar del mismo.-
ARTÍCULO 2°: Autoridad de Aplicación. Determínese a la Subsecretaría de Instituciones Intermedias, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Delegaciones, o la Dependencia del Departamento Ejecutivo Municipal que haga sus veces en el futuro, como Autoridad de Aplicación de las disposiciones emanadas de la presente, la que -como tal- será la encargada de la realización todas las gestiones que resulten conducentes a la celebración del evento “Festival Marcos Paz Solidario” frente a las Dependencias provinciales y municipales que tengan competencia en la materia.
ARTÍCULO 3°: Reglamentación. Facúltese a la Autoridad de Aplicación a constituir un Reglamento de realización del evento “Festival Marcos Paz Solidario” en el cual se determinarán las obligaciones pertinentes a su ejecución y los requisitos a cumplir por parte de las Asociaciones que pretendan participar en el mismo.-
ARTÍCULO 4°: Realización de sorteos y bonos contribución. Autorícese a las asociaciones que resulten admitidas como participantes del “Festival Marcos Paz Solidario” a realizar sorteos y venta de bonos contribución en el marco del evento, cuya recaudación y la del “Festival Marcos Paz Solidario” en general, se destinarán exclusivamente al sostenimiento de las actividades de bien público y sin fines de lucro realizadas por las asociaciones que las promuevan.-
ARTÍCULO 5°: Difusión. Dese amplia difusión a toda la comunidad del Partido a los efectos de invitar a las asociaciones que pudiesen resultar interesadas en la participación del evento “Festival Solidario” y que cumplan con los requisitos dispuestos por la Autoridad de Aplicación.-}
ARTÍCULO 6°: Facultad. Facultase al DEM a otorgar espacios necesarios para la organización del “Festival Marcos Paz Solidario”, así como también lo atinente al impulso, organización, sponsoreo y acompañamiento financiero del mismo.-
ARTÍCULO 7°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil veinticinco.-
Fecha de publicación: 11/07/2025
protocolo adicional de Colaboración entre Municipalidad de Marcos Paz y la Universidad Nacional de Tres de Febrero”
ORDENANZA N° 014/2025
ARTÍCULO 1°: Dispóngase que el empleado municipal, con estabilidad o sin estabilidad, a excepción de la planta política, de este Municipio de Marcos Paz, gozará en el día de su cumpleaños de asueto administrativo, sin afectar su haber mensual ni su asistencia.-
ARTÍCULO 2°: Si el día de su cumpleaños cayera en día feriado o no laborable, el empleado podrá tomar la licencia el primer día hábil posterior. Cuando se tratare de personal que realice guardias y su cumpleaños no coincida con su día de trabajo, tendrá la posibilidad de tomar licencia en la guardia siguiente.-
ARTÍCULO 3°: Se deja aclarado que en el caso de aquellos empleados municipales que cumplen años el día 29 de febrero, a los efectos del presente se considerará como el día de cumpleaños el 1° de marzo subsiguiente.-
ARTÍCULO 4°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil veinticinco.-
Fecha de publicación: 11/07/2025