ORDENANZA N° 31/87
ARTÍCULO 1: Autorizase al D.E. a la instalación de una red de parlantes en la vía pública, la cual se ubicar sobre la calle Sarmiento entre las calles San Martín y Agüero.-
ARTÍCULO 2: Debiendo ajustarse a lo determinado en el Art.27, inciso 17 de la Ley Orgánica de la Municipalidades, fijándose un horario de las 10 a 12:30 hs. de Lunes a Viernes.-
ARTÍCULO 3: Solo en caso excepcionales y con el consentimiento de la mayoría de los miembros del H.C.D. se podrá transmitir fuera de los horarios y das establecidos en el Art.2.-
ARTÍCULO 4: Dicha red tendrá como única finalidad la transmisión de información de carácter Municipal, Provincial o Nacional y la Difusión de música Nacional y Latina Americana.-
ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y siete