Observaciones:
> Derogada por la Ordenanza N° 70/88
ORDENANZA N° 87/86
ARTÍCULO 1: Facultase al D.E. a realizar las tramitaciones para emplear el sector correspondiente al ángulo entre las vías del ferrocarril y la calle Roque Sáenz Peña, en un predio de 10 mts. por 15 mts. para la ubicación de la estación reductora de gas.-
ARTÍCULO 2: Declarar el sector que resta entre las vías del ferrocarril, las calles Roque Sáenz Peña, Aristóbulo del Valle y Centenario, de interés publico como espacio verde y de recreación.-
ARTÍCULO 3: Dar el predio otorgado para dicha estación de gas, la complementación urbanística necesaria para preservar la estética del entorno.-
ARTÍCULO 4: Comuníquese al D.E., regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis